El Boletín Oficial del Estado  (BOE) publicó el pasado 16 de diciembre el  Real Decreto 1055/2021,de 30 de noviembre,  por el que se establecen las bases reguladoras (BB.RR.) para las próximas convocatorias (hasta finales de 2023) de concesión directa de las subvenciones estatales destinadas a apoyar la renovación del parque nacional de maquinaria agraria (Plan Renove).

 

 

Recientemente, el ministro de Agricultura, Luis Planas, informó en el Congreso de los Diputados que el Plan Renove 2022 dispondrá de una partida presupuestaria de 9,5 M€, unos 3 millones más que en este año, que se agotaron en menos de 24 horas, tras abrirse el plazo de solicitud el 15 de junio.

Este aumento del presupuesto de ayudas era una petición expresa tanto de la patronal de los fabricantes de maquinaria agrícola, Ansemat, como de las organizaciones agrarias, aunque es considerado todavía insuficiente teniendo en cuenta los ambiciosos objetivos sobre eficiencia energética, protección medioambiental y mejora de la seguridad laboral de los operarios, y también por el coste de estos insumos, que demanda una financiación de medio-largo plazo.

El RD 1055/2021 de nuevas bases reguladoras del Plan Renove 2022 hará referencia ya a los cambios que quiere introducir el MAPA en dicha normativa a la luz de la experiencia acumulada en las últimas convocatorias y de los nuevos requisitos medioambientales y de lucha contra el cambio climático que exige la Unión Europea.

Así, incluye novedades como que por vez primera se podrá financiar la compra de dispositivos y máquinas de precisión y que permitirá solicitar ayudas para tractores de más de 40 años de antigüedad sin estructura de protección, cuya titularidad no se puede cambiar en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA).

El objetivo principal de la nueva normativa es contribuir a modernizar el parque agrícola español, que se reconoce que está muy envejecido; incentivar la adquisición de distintos de maquinaria nueva y el achatarramiento de la antigua; reducir con ello las emisiones de gases contaminantes de efecto invernadero (GEI); optimizar la aplicación de insumos y promover la eficiencia energética.

Según el MAPA, la experiencia acumulada tras cinco años de funcionamiento del Plan Renove con las bases vigentes, permite en las dos próximas convocatorias (2022 y 2023) ampliar el tipo de máquinas subvencionables; aumentar la cuantía base de las ayudas, y la cuantía total en consonancia con las prioridades del MAPA (clasificación energética, ausencia de estructura de protección homologada, o última fase de emisiones, entre otras), así como incluir otras formas de adquisición como leasing o renting, alternativas por las que cada vez optan más agricultores, según sus necesidades específicas.

Además, se pretende actualizar los requisitos de antigüedad de inscripción en el ROMA a nombre del solicitante y clarificar algunos de los documentos que deben presentar los solicitantes, para mejorar la gestión y reducir la carga de trabajo en la ordenación e instrucción del procedimiento.

Potenciales beneficiarios

Como potenciales beneficiarios de estas ayudas estatales directas «de minimis«, que concede el Ministerio de Agricultura, están las personas físicas o las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, que sean titulares de una explotación agraria inscrita en el Registro General de la Producción Agrícola (Regepa), que presten servicios agromecánicos y las agrupaciones de tratamientos integrados y de defensa sanitaria ganadera.

Estas ayudas directas se destinarán a la compra de tractores agrícolas, máquinas automotrices (equipos de recolección, de aplicación de fitosanitarios, de fertilizantes, cisternas automotrices para aplicación localizada de purines y equipos de manipulación y carga), máquinas arrastradas y suspendidas a vehículo tractor (sembradoras directas, cisternas paras purines y dispositivos de aplicación de los mismos, abonadoras, sembradoras directas, equipos de aplicación de fitosanitarios, trituradoras de residuos de cosecha y poda), así como equipos de agricultura de precisión.

Cuantías de ayuda

La cuantía base de estas ayudas se estable en 120 € P por kilovatio (kW) de potencia de inscripción del tracto a retirar, que conste en el ROMA, aunque puede verse incrementada en función de la clasificación energética y las emisiones del nuevo tractor. Por clasificación en la categoría más alta de eficiencia energética (A): 3.000 euros; en la segunda categoría (B): 2.000 euros y en la (C): 1.000 euros.

Además, la cuantía base podrá incrementarse en 2.000 euros por cumplir el nuevo tractor adquirido con la fase de emisiones más avanzada posible en su homologación, según la reglamentación comunitaria, y en 5.000 euros si se trata de un tractor eléctrico, de pila de hidrógeno o que use 100% biocombustibles; en 3.000 euros atendiendo a las deficiencias de seguridad de los tractores retirados y entregados a un Centro de Descontaminación de Vehículos (CADV).

En todo caso, la cuantía base de esta subvención no sobrepasará los 12.000 euros y la cuantía máxima podrá llegar a los 20.000 euros por beneficiario o no sobrepasar el 30% del coste de adquisición  sin IVA o IGIC, ajustándose en su caso.

En máquinas automotrices agrícolas, la cuantía base se fija también en 120 €/kW de la potencia fiscal que figure reflejada en la ficha técnica multiplicada por 5, de la máquina automotriz a retirar al final de su vida útil. Podrá también incrementarse en 2.000 euros si la nueva máquina adquirida cumple con la fase de emisiones de gases más avanzada posible en su homologación, con un  límite de 25.000 euros y una cuantía máxima de 27.000 euros por beneficiario, no sobrepasando el 30% del coste total de adquisición sin IVA o IGIC.

En abonadoras,  la nueva máquina no podrá superar la cuantía base de 4.500 euros y en equipos de aplicación de fitosanitarios los 6.000 euros, aunque podrá aumentarse en 1.000 euros si se achatarran  otra abonadora o equipo que esté inscrito en el ROMA, etc.

Estas ayudas directas del MAPA serán compatibles con otras subvenciones y se convocarán «en función de las disponibilidades presupuestarias», concediéndose «por riguroso orden de presentación de las solicitudes cuando se abra la convocatoria, hasta agotar los fondos disponibles», a  pesar de que este sistema de concesión ha sido criticado por las organizaciones del sector, que demanda más rigor y dar prioridad a los profesionales agrarios.

Fuente:https: Agronegocios