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Periodo de excepcion hasta el 31 de Diciembre para los Aplicadores.

Periodo de excepcion hasta el 31 de Diciembre para los Aplicadores.

Periodo de excepcion hasta el 31 de Diciembre 2020 para los Aplicadores.

 

Se reconoce un aplazamiento hasta el 31 de Diciembre para el uso de Aplicadores en la comunidad autonoma de Aragon.

ORDEN AGM/528/2020, de 29 de junio, por la que se modifica la Orden DRS/406/2018, de 12 de febrero, por la que se reconoce la excepción en el cumplimiento de las normas de la condicionalidad en relación a la aplicación de purines y estiércoles sólidos que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, determinadas primas anuales de desarrollo rural o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al sector vitivinícola para las campañas 2018/2019 y 2019/2020.

 

              BOA

 

 

 

 

 

Publicado
el 08-07-2020
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