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BOA. APLICACIÓN DE PURINES Y ESTIÉRCOLES SÓLIDOS

BOA. APLICACIÓN DE PURINES Y ESTIÉRCOLES SÓLIDOS

BOA

 

RESUMEN.

ORDEN DRS/406/2018, de 12 de febrero, por la que se reconoce la excepción en el cumplimiento de las normas de la condicionalidad en relación a la aplicación de purines y estiércoles sólidos que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, determinadas primas anuales de desarrollo rural o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al sector vitivinícola, para las campañas 2018/2019 y 2019/2020.

 

En su virtud, resuelvo:


Primero.— Objeto.
Esta orden tiene por objeto establecer un periodo de excepción hasta el 30 de junio de 2020 en la implantación del cumplimiento de la condicionalidad en los apartados de la BCAM 6 respecto a la prohibición de aplicación de purines mediante sistemas de plato o abanico, ni cañones, así como la obligación de enterrado de los estiércoles sólidos en el menor plazo posible.

 


Segundo.— Términos de la excepción en relación a diversos sistemas de aplicación de purines.
1. La excepción se establece para todas las superficies de la Comunidad Autónoma de Aragón con derecho a percibir pagos directos, determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al sector vitivinícola.
2. No será de aplicación la excepción, y por lo tanto no se podrán aplicar purines en plato o abanico ni cañón, en aquellas situaciones en las que la incorporación de la materia orgánica al suelo derive de un compromiso voluntario establecido como criterio de valoración en solicicstudes de ayudas a explotaciones agrarias convocadas con posterioridad a la publicación de esta orden.

 


Tercero.— Términos de la excepción en relación a la aplicación de estiércoles sólidos.
1. La excepción se establece para los tipos de cultivo mediante siembra directa o mínimo laboreo, los pastos y cultivos permanentes, y cuando la aportación del estiércol sólido se realice en cobertera con el cultivo ya instalado.
2. Igualmente se establece la excepción cuando el no enterrado del estiércol se corresponda con las prácticas tradicionales.

 

VER EL BOA, AQUI.

Publicado
el 09-03-2018
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